En pro de la economía social y el desarrollo, protegemos los ahorros de los trabajadores

Estructura organizacional

Nivel estratégico

Superintendencia de Cajas de Ahorro

Nivel de apoyo

Oficina de Gestión Administrativa

Oficina de Planificación Estratégica

Nivel sustantivo

Dirección Legal

Dirección de Estudios Técnicos y Proyectos

Dirección de Control y Fiscalización

Fomentamos la
economía social

Misión

Salvaguardar el patrimonio de los trabajadores con eficiencia, transparencia y rentabilidad, al promover, bajo el régimen de propiedad colectiva de sus asociados, la constitución de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro similares en la República Bolivariana de Venezuela.

Visión

Ser una institución confiable, reconocida nacional e internacionalmente por la gestión regulatoria y promotora del desarrollo social y económico de las Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro similares en el país, con estándares administrativos y tecnológicos que permiten asesoría y acompañamiento técnico de calidad y excelencia.

1981

Reseña histórica

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La Superintendencia de Cajas de Ahorro (Sudeca) nació en el año 1982 con la finalidad de regular, vigilar, supervisar, controlar, normar y fiscalizar las actividades de las Asociaciones de Ahorro, reglamentadas en la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro similares.

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Decreto

En la Gaceta Oficial N.° 32.284, con fecha del 31 de diciembre de 1981, se oficializó la creación de Sudeca, a través del Reglamento Orgánico del Ministerio de Hacienda, actualmente Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, sustituyendo así las funciones de control de la actividad de las Cajas de Ahorro, ejercidas entonces por la Oficina Ministerial de Cajas de Ahorro.

3

Antecedentes

La creación de esta institución tiene su origen tras un estudio de reorganización solicitado por la Oficina Ministerial de Cajas de Ahorro, Fondo de Empleados y Similares, bajo el argumento de que la estructura organizativa y los recursos humanos que disponían eran insuficientes para cumplir con sus atribuciones. De esta manera, se pasó a nivel de Superintendencia, con la estructura administrativa correspondiente.

Evolución

En el Decreto N.° 55, con fecha del 14 de marzo de 1984, se anunciaron modificaciones en la estructura de Sudeca, con el objetivo de prestar un servicio eficiente, en el marco de las “Medidas para la Reorganización de la Administración Pública Nacional y la Reducción del Gasto Corriente”.

Desde sus inicios y hasta el año 2001, Sudeca se regía por la Ley de Cooperativas, hasta que en el año 2001 el Comandante Presidente Hugo Chávez, dentro de las Leyes Habilitantes, sancionó la primera Ley de Cajas de Ahorro y Fondos de Ahorro, promulgada el 9 de noviembre de 2001, según indica la Gaceta Oficial N.° 5.551, sufriendo su primera revisión el 27 de noviembre de 2001, tal como lo indica la Gaceta Oficial N.° 37.333.

En la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares (LCAFAAAS), aprobada en Gaceta Oficial Nro. 39.553, con fecha del 16 de noviembre de 2010, se establece que este ente público, es un servicio de carácter técnico, sin personalidad jurídica, integrado al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de finanzas.

Son competencias de la Superintendencia de Cajas de Ahorro

1.- Establecer un sistema de regulación de la actividad de las cajas de ahorro, fondos de ahorro y asociaciones de ahorro similares, regidas por la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares, bajo los criterios de una supervisión preventiva, que permita detectar oportunamente las irregularidades y demás circunstancias técnicamente relevantes susceptibles de causarles perjuicios a éstas o sus asociados.

2.- Solicitar a las asociaciones regidas por la citada Ley, en el ejercicio de sus funciones, los datos, documentos, informes, libros existentes, prescritos o no por el Código de Comercio, normas y cualquier información que considere conveniente. Asimismo, la Superintendencia de Cajas de Ahorro podrá revisar los archivos, expedientes y oficinas de dichas asociaciones, incluyendo sus sistemas informáticos, bases de datos, dispositivos de acceso o almacenamiento magnético o electrónico de datos, correspondencia electrónica o impresa y demás.